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lunes, 20 de abril de 2009

El Gobierno estudia que la indemnización de los ERE esté exenta de impuestos

El Ministerio de Economía y Hacienda está estudiando el impacto que supondría para los ingresos del Estado la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la indemnización de los despidos producidos por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). Los sindicatos exigen comparar la fiscalidad de estos despidos con el cese de contrato individual.
El director general de Trabajo, José Luis Villar, afirmó ayer, en la clausura de unas jornadas de la Asociación de Periodistas de Información Económica (Apie), que esta reforma en la fiscalidad de los ERE la está examinando el Ministerio que dirige Elena Salgado, ya que es "materia tributaria" y no de Trabajo. Y añadió que, por ahora, la cartera de Trabajo no ha sido informada de la repercusión económica que ocasionaría esta modificación.
En términos generales, las indemnizaciones están exentas del IRPF salvo en el caso de despido colectivo. Mientras que en los despidos individuales, improcedentes o no, la compensación económica para el trabajador no tributa en el IRPF, en los Expedientes de Regulación de Empleo la indemnización tan sólo está libre del impuesto en los primeros 20 días por año trabajado. Hay que considerar que el número medio de días de indemnización en los ERE fue de 39 días en 2008, según CCOO.
Diferencia en los cobros
En la actualidad, un trabajador afectado por un ajuste de plantilla con una indemnización de 45 días por año trabajado cobrará menos en concepto de despido que el mismo trabajador cesado individualmente con los mismos días de compensación. Y por ello, los sindicatos exigen al Gobierno que se modifique la fiscalidad actual de los Expedientes de Regulación, según afirmó el director general de Trabajo.
Los principales perjudicados por esta situación son los trabajadores. La fiscalidad actual da lugar también a grandes conflictos en la negociacion de un expediente entre la empresa y los trabajadores, según el Foro Español de Laboralistas (Forelab).
Los sindicatos presionan a la empresa para que los despidos sean individuales. Y su presión es efectiva, ya que la compañía sabe que, actualmente, un ERE sin acuerdo previo entre empresa y sindicatos es bastante difícil de que sea aprobado por la autoridad laboral. Y esto genera situaciones fraudulentas. Según Forelab, las empresas realizan ajustes de plantilla sin utilizar el ERE aún con el riesgo de ser descubiertas por la Inspección de Trabajo.

martes, 14 de abril de 2009

Trabajo estudia una reforma de la legislación de los ERE temporales

El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, anunció hoy que en la revisión sobre los expedientes de regulación de empleo se estudiará la posibilidad de reponer las prestaciones percibidas por el trabajador por suspensión de contrato, si posteriormente resulta despedido. Corbacho añadió, además, que la reforma legal de los ERE fijará criterios sobre edad y las condiciones de las prejubilaciones.

Así lo explicó durante su intervención ante la Comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados, en la que reivindicó, no obstante, los ERE como un "instrumento de carácter excepcional" para superar "de forma temporal" situaciones que, sin su mediación, podrían comportar un notable incremento en el número de despidos.

Corbacho, que explicó que también se considerarán los planes sociales y de recolocación como requisito básico de los ERE, señaló que las empresas "que se autoproclaman como socialmente responsables" tienen que "demostrarlo", procurando que sus ajustes tengan el "menor efecto negativo" sobre los trabajadores.

Sus palabras contaron con el apoyo del portavoz ''popular'' de Trabajo, José Ignacio Echániz. "Si va a hacerlo, adelante", precisó el diputado del PP, quien no obstante le recriminó que Corbacho arremetiera hace meses contra el ERE de Telefónica, para que posteriormente lo aprobara su departamento.

Aumento del SMI

Por otro lado, Corbacho explicó que el Gobierno mantiene su compromiso de que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) alcance los 800 euros 2012, lo que obligará a realizar aumentos "muy superiores" en los próximos ejercicios. En 2009, el SMI aumentó hasta los 624 euros mensuales, un 4% más, frente al 8% demandado por los sindicatos y el 2% por la patronal.

El ministro explicó que la decisión del Gobierno se debió a que la actual situación económica "hacía aconsejable" una posición de "prudencia y moderación" en todas las variables que puedan incidir directamente en la contratación y el empleo. A su juicio, en los próximo años las empresas españolas estarán en mejor disposición para "asumir" ese aumento salarial.

El ministro señaló que en el actual contexto, cuando la previsión de inflación para 2009 según "el consenso de analistas" se sitúa en el 1%, elevar el SMI un 4% supone una ganancia de poder adquisitivo de 3 puntos porcentuales. "Es el segundo mayor aumento en 17 años", aseveró.

Circustancias especiales

Asimismo, explicó que el Gobierno consultó a los interlocutores sociales sobre esta cuestión. La patronal propuso una subida máxima del 2%, mientras que los sindicatos reclamaron un 8%, si bien el Ejecutivo considera que su decisión final se adecua a las especiales "circunstancias económicas" en estos momentos.

Durante su intervención inicial, Corbacho reivindicó la acción del Gobierno en la lucha contra la crisis, y recordó el ''Plan E'' de más de ochenta medidas presentado esta semana por el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero que, a su juicio, se adapta a "las necesidades de un mercado laboral en situación de dificultad".

2010 "es el año de la salida"

Corbacho, aseguró hoy que 2010 "debe ser no ya el año de la salida, sino de la recuperación de la crisis económica", como apuntan muchos analistas e instituciones económicas.

En declaraciones a los periodistas, antes de su intervención ante la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados, Corbacho aseguró que el primer semestre de 2009 será un "periodo duro" de destrucción de empleo, pero precisó que a partir de junio se empezarán a detectar los "primeros síntomas" de recuperación.

En este sentido, reiteró su confianza en que las medidas aplicadas por el Gobierno, entre las que destaca el fondo de inversión local de 8.000 millones, que supondrá la creación de 300.000 empleos, impedirán que España alcance los cuatro millones de parados.

Así, aseguró que, aunque esta es una previsión que manejan ciertas instituciones de análisis, otros organismos estiman que "no se llegará a esa cifra".

sábado, 11 de abril de 2009

EL MINISTERIO DE TRABAJO REFORMARÁ LOS ERE PARA BENEFICIAR A LOS TRABAJADORES

El Ministerio de Trabajo reformará los ERE para beneficiar a los trabajadores
Es frecuente escuchar en los telediarios que tal empresa ha presentado los tan temidos por los trabajadores ERE (expedientes de regulación de empleo), y es que este procedimiento que se solicita a la autoridad laboral pretende suspender de manera definitiva o temporal las relaciones de un trabajador con la empresa.

El caso es que muchas empresas que no tienen aparentemente problemas económicos y por otros motivos están aprovechando la coyuntura económica para ahorrarse costes a través del despido de estos trabajadores a través del ERE; ante esta circunstancia el Ministerio de Trabajo está estudiando una reforma en la legislación que regula los ERE sobre todo los temporales.
De llevarse a cabo dicha reforma sobre los ERE , el Gobierno obligaría a las empresas a que presentarán un plan social y de recolocación para los trabajadores incluidos en esos expedientes así como también se tiene previsto limitar la edad para las prejubilaciones para evitar casos como el de Telefónica que prejubiló a trabajadores con 48 años solamente y otro de los puntos que quieren modificar es la recuperación de la prestación por paro cuando se trate de expedientes de regulación temporales.

viernes, 10 de abril de 2009

ERE. Expedientes de Regulacion de Empleo (ERES)


Un ERE o Expediente de Regulacion de Empleo son aquellos procedimientos solicitados a las autoridades laborales para despedir a empleados de forma que se garanticen los derechos de los trabajadores.

Los ERES, tan de moda durante esta crisis (tambien conocida como Crisis Ninja) se pueden solicitar desde las empresas o desde los sindicatos de trabajadores cuando se dan determinadas circunstancias previstas por la ley:

Despido colectivo o suspensión de la relación laboral por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.
Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
El ERE debe acompañarse de un informe justificando la extinción de contratos a trabajadores masiva con los documentos que certifiquen el estado económico de la empresa. Si un ERE afecta a menos de 200 trabajadores, la Autoridad Laboral puede ser la de la provincia donde se ubica la empresa. Si afecta a más de 200 personas o a centros ubicados en diversas provincias, el caso debe pasar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Si el ERE se solicita por causas de fuerza mayor, es suficiente con informar a los representantes legales de los trabajadores y esperar la resolución de las Autoridades Laborales. En los demás casos, se abre un período de consultas y de negociación entre empresa y trabajadores. Si no se llega a un acuerdo, la Autoridad Laboral decide si se acepta o no la regulación de empleo.

Durante estos últimos meses se están produciendo varios ERES masivos que están provocando protestas de sindicatos y trabajadores que se echan a las calles para protestar. Aquí podéis ver el ranking de ERES.



miércoles, 1 de abril de 2009

El Gobierno estudia que la indemnización de los ERE esté exenta de impuestos

El Ministerio de Economía y Hacienda está estudiando el impacto que supondría para los ingresos del Estado la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la indemnización de los despidos producidos por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). Los sindicatos exigen comparar la fiscalidad de estos despidos con el cese de contrato individual.
El director general de Trabajo, José Luis Villar, afirmó ayer, en la clausura de unas jornadas de la Asociación de Periodistas de Información Económica (Apie), que esta reforma en la fiscalidad de los ERE la está examinando el Ministerio que dirige Pedro Solbes, ya que es "materia tributaria" y no de Trabajo. Y añadió que, por ahora, la cartera de Trabajo no ha sido informada de la repercusión económica que ocasionaría esta modificación.
En términos generales, las indemnizaciones están exentas del IRPF salvo en el caso de despido colectivo. Mientras que en los despidos individuales, improcedentes o no, la compensación económica para el trabajador no tributa en el IRPF, en los Expedientes de Regulación de Empleo la indemnización tan sólo está libre del impuesto en los primeros 20 días por año trabajado. Hay que considerar que el número medio de días de indemnización en los ERE fue de 39 días en 2008, según CCOO.
Diferencia en los cobros
En la actualidad, un trabajador afectado por un ajuste de plantilla con una indemnización de 45 días por año trabajado cobrará menos en concepto de despido que el mismo trabajador cesado individualmente con los mismos días de compensación. Y por ello, los sindicatos exigen al Gobierno que se modifique la fiscalidad actual de los Expedientes de Regulación, según afirmó el director general de Trabajo.
Los principales perjudicados por esta situación son los trabajadores. La fiscalidad actual da lugar también a grandes conflictos en la negociacion de un expediente entre la empresa y los trabajadores, según el Foro Español de Laboralistas (Forelab).
Los sindicatos presionan a la empresa para que los despidos sean individuales. Y su presión es efectiva, ya que la compañía sabe que, actualmente, un ERE sin acuerdo previo entre empresa y sindicatos es bastante difícil de que sea aprobado por la autoridad laboral. Y esto genera situaciones fraudulentas. Según Forelab, las empresas realizan ajustes de plantilla sin utilizar el ERE aún con el riesgo de ser descubiertas por la Inspección de Trabajo.